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Document 32023D0570

Decisión de Ejecución (UE) 2023/570 de la Comisión de 10 de marzo de 2023 por la que se conceden a determinados Estados miembros excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las cuentas económicas de la agricultura [notificada con el número C(2023) 1562] (Los textos en lenguas eslovena, española, italiana y polaca son los únicos auténticos)

C/2023/1562

DO L 74 de 13/03/2023, p. 63–65 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/570/oj

13.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 74/63


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/570 DE LA COMISIÓN

de 10 de marzo de 2023

por la que se conceden a determinados Estados miembros excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las cuentas económicas de la agricultura

[notificada con el número C(2023) 1562]

(Los textos en lenguas eslovena, española, italiana y polaca son los únicos auténticos)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de diciembre de 2003, sobre las cuentas económicas de la agricultura de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 4 ter, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 4 ter, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 138/2004, el Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia han presentado solicitudes de excepción a más tardar el 21 de agosto de 2022.

(2)

La información que estos Estados miembros han proporcionado a la Comisión indica que las solicitudes del Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia se justifican por la necesidad de introducir adaptaciones importantes en sus sistemas estadísticos nacionales por lo que respecta a la aplicación del programa para la transmisión de los datos de las cuentas económicas de la agricultura regionales (CEAR) establecido en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004.

(3)

Por tanto, conviene conceder las excepciones solicitadas al Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo (2).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se conceden las excepciones a la aplicación del Reglamento (CE) n.o 138/2004 establecidas en el anexo de la presente Decisión a los Estados miembros mencionados en él.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son el Reino de España, la República Italiana, la República de Polonia y la República de Eslovenia.

Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 33 de 5.2.2004, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008, relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo, sobre la estadística comunitaria, y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo, por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, p. 164).


ANEXO

Disposición en cuestión

Estado miembro

Período de excepción concedido

Años de referencia cubiertos por la excepción

Ámbito de la excepción

Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

Reino de España

2 años (30.9.2023-29.9.2025)

2021, 2022

Transmisión de 7 variables:

Partida 32.1 (FBCF en plantaciones);

Partida 32.2 (FBCF en animales);

Partida 33.1 (FBCF en material);

Partida 33.3 (otras FBCF);

Partida 36 (variación de existencias);

Partida 37.1 (ayudas a la inversión);

Partida 37.2 (otras transferencias de capital).

Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

República Italiana

2 años (30.9.2023-29.9.2025)

2021, 2022

Transmisión de variables según la terminología del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 de la partida 21 (consumo de capital fijo) a la partida 37 (transferencias de capital).

Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

República de Polonia

2 años (30.9.2023-29.9.2025)

2021, 2022

Transmisión de todas las variables del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 en relación con las CEAR.

Anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004

República de Eslovenia

2 años (30.9.2023-29.9.2025)

2021, 2022

Transmisión de todas las variables del anexo II del Reglamento (CE) n.o 138/2004 en relación con las CEAR.


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