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Document 32018R1937

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1937 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2018, por el que se sustituye el anexo X del Reglamento (CE) n.° 4/2009 del Consejo, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

C/2018/8219

DO L 314 de 11/12/2018, p. 36–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1937/oj

11.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 314/36


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1937 DE LA COMISIÓN

de 10 de diciembre de 2018

por el que se sustituye el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (1), y en particular su artículo 2, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 presenta una lista de las autoridades administrativas a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 2, de dicho Reglamento.

(2)

El Reino Unido y Letonia han notificado a la Comisión modificaciones en las autoridades administrativas que deben figurar en el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

(3)

Las autoridades administrativas notificadas por el Reino Unido y Letonia que figuran en el anexo del presente Reglamento cumplen los requisitos establecidos en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre la ley aplicable, la jurisdicción y la ejecución en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligaciones de alimentos.

(5)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo X del Reglamento (CE) n.o 4/2009 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 7 de 10.1.2009, p. 1.


ANEXO

«ANEXO X

Las autoridades administrativas a que se hace referencia en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 4/2009 son las siguientes:

en Letonia, el Fondo de Garantía de Pensiones Alimenticias (“Uzturlīdzekļu Garantiju Fonds”);

en Finlandia, el Consejo sobre Seguridad Social (“Sosiaalilautakunta/Socialnämnd”);

en Suecia, la Autoridad de Aplicación (“Kronofogdemyndigheten”);

en el Reino Unido:

a)

en Inglaterra y Gales y Escocia, el Departamento de Trabajo y Pensiones [“The Department for Work and Pensions (DWP)”], incluidas sus ramas administrativas Agencia de Apoyo a la Infancia (“Children Support Agency”) y Servicio de Pensiones Alimenticias Infantiles [“Child Maintenance Service (CMS)”];

b)

en Irlanda del Norte, el Servicio de Pensiones Alimenticias Infantiles [“Child Maintenance Service (CMS)”].

».

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