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Document 02023R0741-20230411

Consolidated text: Reglamento de Ejecución (UE) 2023/741 de la Comisión, de 5 de abril de 2023, por el que no se renueva la aprobación de la sustancia activa oxamil con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE)Texto pertinente a efectos del EEE

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/741/2023-04-11

02023R0741 — ES — 11.04.2023 — 000.001


Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

►B

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/741 DE LA COMISIÓN

de 5 de abril de 2023

por el que no se renueva la aprobación de la sustancia activa oxamil con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(DO L 098 de 11.4.2023, p. 1)


Rectificado por:

►C1

Rectificación,, DO L 101, 14.4.2023, p.  101 ((UE) 2023/741)




▼B

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/741 DE LA COMISIÓN

de 5 de abril de 2023

por el que no se renueva la aprobación de la sustancia activa oxamil con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión

(Texto pertinente a efectos del EEE)



Artículo 1

No renovación de la aprobación de la sustancia activa

No se renueva la aprobación de la sustancia activa oxamil.

Artículo 2

Modificación del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011

En la parte A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011, se suprime la fila 116, relativa al oxamil.

Artículo 3

Medidas transitorias

▼C1

Los Estados miembros retirarán las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa oxamil, a más tardar, el 1 de agosto de 2023.

▼B

Artículo 4

Período de gracia

▼C1

Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 expirará, a más tardar, el 1 de noviembre de 2023.

▼B

Artículo 5

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

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