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Documento 22020D1621

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 119/2018, de 31 de mayo de 2018, por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2020/1621]

DO L 368 de 05/11/2020, p. 20/20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Vigente

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/1621/oj

5.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 368/20


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 119/2018

de 31 de mayo de 2018

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades [2020/1621]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.

(2)

Los Estados AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), incluida en el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018.

(3)

Para que esta cooperación ampliada pueda continuar a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos «el ejercicio 2017» por los términos «los ejercicios 2017 y 2018».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación transmitida de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2018.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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