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Document 32019R2033R(03)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 575/2013, (UE) n.o 600/2014 y (UE) n.o 806/2014 (Diario Oficial de la Unión Europea L 314 de 5 de diciembre de 2019)
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 575/2013, (UE) n.o 600/2014 y (UE) n.o 806/2014 (Diario Oficial de la Unión Europea L 314 de 5 de diciembre de 2019)
ST/8528/2020/INIT
OJ L 203, 26.6.2020, p. 98–98
(ES)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/2033/corrigendum/2020-06-26/oj
26.6.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 203/98 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 575/2013, (UE) n.o 600/2014 y (UE) n.o 806/2014
( Diario Oficial de la Unión Europea L 314 de 5 de diciembre de 2019 )
En la página 44, en el artículo 53, párrafo primero:
donde dice:
«A partir del 26 de diciembre de 2022, las empresas de servicios de inversión que cumplan los criterios contemplados en el artículo 32, apartado 4, de la Directiva (UE) 2019/2034 publicarán información sobre los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza, incluidos los riesgos físicos y los riesgos de transición, definidos en el informe a que se refiere el artículo 35 de la Directiva (UE) 2019/2034.»,
debe decir:
«A partir del 26 de diciembre de 2022, las empresas de servicios de inversión que no cumplan los criterios contemplados en el artículo 32, apartado 4, de la Directiva (UE) 2019/2034 publicarán información sobre los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza, incluidos los riesgos físicos y los riesgos de transición, definidos en el informe a que se refiere el artículo 35 de la Directiva (UE) 2019/2034.».